REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS
CORTE DE APELACIONES
SALA UNICA


Barinas, 09 de Febrero de 2006.
195° y 146°

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-006301
ASUNTO : EP01-R-2006-000002


Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el ABG. ALFREDO VALDERRAMA, contra la decisión dictada en fecha 19/12/2005, por el Tribunal Segundo de Control de conformidad con el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal en la que declaró Extemporánea de conformidad con el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, las Pruebas interpuestas por su persona.

Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la Defensa Privada. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que el recurrente no fundamenta su recurso en ningún dispositivo legal.

En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ABG. ALFREDO VALDERRAMA, en su condición de defensor privado, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.

D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto por el ABG. ALFREDO VALDERRAMA, en su condición de defensor privado, contra la decisión dictada en fecha 19/12/2005, por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.
De conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó fijar dentro de los DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES, para dictar la correspondiente decisión.

Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.


DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI



PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES




ALEXIS PARADA PRIETO MARIA VIOLETA TORO



JUEZ DE APELACIONES. JUEZA SUPLENTE ESPECIAL
(PONENTE).



CAROLINA PAREDES


SECRETARIA



ASUNTO N° EP01-R-2006-000002.
TMI/APP/MVT/CP/monse.-