REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal de Primero de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
De la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, catorce (14) de Febrero de 2006
195º y 146º

ASUNTO : GP02-S-2006-000039.

Visto el computo que antecede efectuado por secretaria (folio 14), el Tribunal observa que la parte actora ciudadano FRANCISCO ALBERTO ZERPA, titular de la cédula de identidad No.10.730.061, no corrigió el libelo de la demanda intentada contra la demandada RUCIO MORO REST. (COMISC ENTERTAINMENT), dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en el auto de fecha 2 de ENERO de 2006 (folio 5), y del cual fue notificado por el Alguacil de este Circuito Judicial, en fecha 27-01-2006 (folio 10), debiendo ser presentado dicho escrito dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, es decir, treinta (30) o streinta y uno (31) de Enero de 2006. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA.
El Juez
Abg. WILFREDO GONZALEZ.

La Secretaria
Abg.______________________