REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 26 DE JULIO DE 2006 .-
196º y 147º
En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 20 de Marzo de 2006, por la ciudadana LOLA MIRELLA GRANADOS PRIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.450.322, asistida por el Abogado DENIS TERAN PEÑALOZA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 28.278, interpuso COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, contra la GOBERNACION DEL ESTADO BARINAS.
En fecha (19) de Julio de Dos Mil Seis (2006), los ciudadanos DENIS TERAN PEÑALOZA inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 28.278, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana LOLA MIRELLA GRANADOS PRIETO, por una parte, y por la otra el ciudadano PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BARINAS, DR. AULIO ISAIAS RIVAS, presentan ACTA DE TRANSACCION, y solicitan a este Tribunal Superior, la homologación de la Transacción celebrada entre ambas partes.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida el Convenimiento, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la Transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION, en el juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por la ciudadana LOLA MIRELLA GRANADOS PRIETO, antes identificada, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO BARINAS.
EL JUEZ TITULAR,
fdo
FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
fdo
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 6096-2006
Ems
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