Visto el Informe presentado por la Lic. Iris Tovar, Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua, donde consigna Informe Final, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado: JONATHAN RAFAEL MÉNDEZ ARJONA, en el mismo se evidencia que le fue acordado en fecha: 17-05-2001, el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; recibiéndose Informe Final de Conducta, el 09-06-2006 procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua; del penado: JONATHAN RAFAEL MÉNDEZ ARJONA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.520.232; quien disfrutaba del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y finalizó su régimen de prueba y al efecto señala: “Con este informe se da por finalizado el lapso de presentación por cinco (05) años por la medida de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena otorgado al Ciudadano: Méndez Arjona Jonathan Rafael. Calificando el régimen de prueba como satisfactorio…”.
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley confiere, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano: JONATHAN RAFAEL MÉNDEZ ARJONA, titular de la Cédula de Identidad N° 13.520.232; por haber finalizado el régimen de prueba y su pena en fecha: 17-05-2006.
Notifíquese a las partes. Remítase copia certificada de la decisión, al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Aragua.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
LA SECRETARIA,
ABG. CLAUDIA SANGUINETTI.
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