REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 12 de Julio de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-002279
ASUNTO : EP01-S-2003-002279


AUTO DE CIERRE DE PROCESO POR PENA CUMPLIDA

Revisada la presente causa se observa que el penado Luis Alberto Vargas Quintero, identificado en la misma, en fecha nueve de Junio del 2005 se le otorgó el beneficio de Libertad condicional hasta el tres de Mayo del 2006. En fecha veintinueve de Junio del 2.006 se recibe oficio Nro. 1183 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Lic. Carmen Guarache de Chacón, de la ciudad de Valencia Estado Carabobo donde exponen “El presente informe se evalúa como Positivo”.
En consecuencia, habiendo cumplido la totalidad de la pena, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 02, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que la Ley, le confiere DECLARA EL CIERRE DEL PROCESO de conformidad a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en consecuencia se Ordena su remisión al Archivo Sede. Desee por Terminado y Notifíquese a las partes. Cúmplase.

La Juez de Ejecución N° 02.

Abg. Iris Yolanda Gavidia Araujo




La Secretaria.


Abg. Annevel Vielma Suárez