REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 19 de Julio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-001984
ASUNTO : EP01-P-2003-000196
AUTO DE CIERRE DE PROCESO POR PENA CUMPLIDA
Revisada la presente causa se observa que en fecha 23 de Octubre del año 2003 se le otorgó al penado Teudi Bladimir Rojas Rojas el beneficio de Confinamiento por un lapso de veintidós días, estableciéndose como lapso para concluir el trece de noviembre del 2003; en fecha diecinueve de Noviembre del 2.003 se recibe oficio S/N emanado de la prefectura del Municipio Valencia donde informa al Tribunal que el penado Teudi Bladimir Rojas Rojas cumplió a cabalidad y culminó el lapso establecido del confinamiento impuesto por el Tribunal.
En consecuencia, habiendo cumplido la totalidad de la pena, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 02, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que la Ley, le confiere DECLARA EL CIERRE DEL PROCESO a favor del penado Teudi Bladimir Rojas Rojas y se Ordena su remisión al Archivo Sede. Desee por Terminado y Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 02.
Abg. Iris Yolanda Gavidia Araujo La Secretaria.
Abg. Annevel Vielma Suárez