Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente Causa seguida a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, quien fue sancionado a cumplir la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con lo establecido en el articulo 620 y literales “b” y “d” en relación con los artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión del delito de TRATO CRUEL, tipificado en el articulo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de UN (01) AÑO, en perjuicio de los niños IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. Realizada la revisión del computo cursante a los folios Noventa y tres (93) y Noventa y cuatro (94), de la presente Causa, se constata que la medida impuesta se cumplió el día 28 DE JULIO DE 2006;