REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 27 de Junio del 2006
195 ° y 147 °
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2006-000070
PARTE ACTORA: ALEXANDER ANTONIO HERRERA JARAMILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V.- 22.684.997.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: abogado GREGORIO ANTONIO DORANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V.- 10.057.192, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 83.859.
PARTE DEMANDADA: VIVIANO SALAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.605.179 en su condición de Patrono.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: abogado EDGARDO JOSE SALAS CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V.- 11.710.780, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.725.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 27 de Junio de 2006, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si misma, ni por medio de Apoderado Judicial; dejando constancia de la comparecencia al presente acto del Apoderado Judicial de la parte demandada abogado EDGARDO JOSE SALAS CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V.- 11.710.780, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.725, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196º.
La Juez
Abg. Ruthbelia Paredes Apode de la parte Dda:
La Secretaria
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