REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO

Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- Maracaibo, 28 de junio de 2006.- 196° y 147°.- Visto el desistimiento de la Oferta Real de Pago presentado por la ciudadana Arely Josefina Castellano Molero identificada en actas, el Tribunal en virtud de que el artículo 1.310 del Código Civil establece que mientras el acreedor no haya aceptado el depósito el deudor podrá retirarlo y por cuanto en el caso de autos es evidente que no pudo ser localizado el domicilio de la oferida, en consecuencia el Tribunal le imparte su aprobación al desistimiento realizado por la oferente, ordenando: 1) La devolución del cheque de gerencia consignado en actas, y 2) La entrega de la solicitud en forma original con sus resultas.
La Juez,

Abog. Maria del Pilar Faria Romero.

La Secretaria,

Abog. Ada Jiménez.

Solicitud 031-06.