Visto el Informe presentado por el Lic. José Noel Contreras, donde consigna Informe Final, emitido por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Región-Barinas, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado: OMAR ELADIO URQUIOLA PICADO, en el mismo se evidencia que le fue acordado en fecha: 10-03-2000, el beneficio de Régimen Abierto; recibiéndose Informe Final de Conducta, el 20-12-2005 procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Región-Barinas; del penado: OMAR ELADIO URQUIOLA PICADO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.946.759; quien disfrutaba del Beneficio de Régimen Abierto y finalizó su régimen de prueba y al efecto señala: “En vista de que el caso Urquiola Picado cumple con su pena en fecha: 06-12-2005 y que cumplió de manera responsable con el régimen de prueba, al cual estaba sometido, es motivo por el cual se da como finalizadas sus presentaciones por esta Unidad…”.
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley confiere, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano: OMAR ELADIO URQUIOLA PICADO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.946.759; por haber finalizado el régimen de prueba y su pena en fecha: 06-12-2005.
Notifíquese a las partes. Remítase copia certificada de la decisión, al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Región-Barinas.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
LA SECRETARIA,
ABG. CLAUDIA SANGUINETTI.
|