Visto el Informe presentado por el Lic. José Noel Contreras, donde consigna Informe Final, emitido por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región-Barinas, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado: GERARDO MOLINA HERNÁNDEZ, en el mismo se evidencia que le fue acordada en fecha: 26-07-2005, el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; recibiéndose Informe Final de Conducta, el 26-05-2006 procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región-Barinas; del penado: GERARDO MOLINA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.675.665; quien disfrutaba del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y finalizó su régimen de prueba y al efecto señala: “El probacionario comienza con retardo sus presentaciones ante esta Unidad Técnica en compañía de su abogada y alegando que no le había sido notificada la concesión de la Medida de Pre-Libertad de la cual disfruta, ha demostrado respeto, responsabilidad, seriedad, así como gran interés en culminar de forma satisfactoria su Régimen de Prueba…”.
DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley confiere, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano: GERARDO MOLINA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 13.675.665; por haber finalizado el régimen de prueba y su pena en fecha: 26-05-2006.
Notifíquese a las partes. Remítase copia certificada de la decisión, al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio de Interior y Justicia y a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Región-Barinas. Con oficio envíese el presente asunto al Archivo Sede de este Circuito Judicial Penal.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
LA SECRETARIA,
ABG. CLAUDIA SANGUINETTI.
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