REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 29 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : EL01-P-2000-000090
ASUNTO : EL01-P-2000-000090
AUTO DE CIERRE DE PROCESO POR PENA CUMPLIDA
Revisada la presente causa se observa que en fecha seis de Mayo del 2003 se le concede al penado Francisco Ambrosio Rivas el beneficio de Confinamiento por un lapso de un año cuatro meses y veintitrés días; en fecha treinta y uno de Mayo del 2.006 se recibe oficio s/n emanado de la Prefectura de Santa Bárbara de Barinas donde expone “Que el ciudadano Francisco Ambrosio Rivas, cumplió con sus citaciones formulada por el Tribunal Penal, la cual su última presentación fue el día 13-10-2004 ante este despacho”.
En consecuencia, habiendo cumplido la totalidad de la pena, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución N° 02, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que la Ley, le confiere DECLARA EL CIERRE DEL PROCESO a favor del ciudadano Francisco Ambrosio Rivas de conformidad a lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en consecuencia se Ordena su remisión al Archivo Sede. Desee por Terminado y Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez de Ejecución N° 02.
Abg. Iris Yolanda Gavidia Araujo La Secretaria.
Abg. Annevel Vielma Suárez