JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO JOSE DE SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.


Socopó, 12 de Junio de 2006.
196° y 147°


EXP. N° 523-06.


Visto el convenimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, suscrita en fecha 06-06-2006, para el niño JOSE GABRIEL PEÑA ZAMBRANO, de un (1) año de edad, entre los ciudadanos ALBA MARINA ZAMBRANO OROZCO y YEFERZON PEÑA, venezolanos, solteros, de 17 y 22 años de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-18.953.394 y V-17.170.603, de ocupación oficios del hogar y obrero, domiciliados en el Barrio Simón Bolívar con carrera 15, calle 14, casa Nº 15-33, de Socopo y el sector El Destierro, Reserva Forestal de Ticoporo, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas..

EL TRIBUNAL OBSERVA:

PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del niño.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente, Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, que el ciudadano YEFERZON PEÑA, establece el mismo en hacerle un aporte en especie (pañales, leche, alimento infantil, galletas, entre otros) cada veinte días, mas el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de atención medica, medicinas, calzado, vestido, educación y todo lo relacionado a la Obligación Alimentaria, tal como lo describe el articulo 365 de la LOPNA y cuando las circunstancias así lo requieran y en el mes de Diciembre de cada año el aporte será doble por bonificación de fin de año, como cumplimiento de la Obligación.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA. Asimismo se ordena el archivo del presente expediente.




Publíquese, regístrese y expídase copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Socopó, a los doce (12) días del mes de Junio de Dos Mil Seis (2006). AÑOS: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

LA JUEZ.


AB. DORIS GRACIELA PEÑA.



LA SECRETARIA.


AB. LILIANA CAMACHO.






DGP/lc/nrc.
EXP. Nº 523-06.