REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Barinas
Barinas, treinta de marzo de dos mil seis
195º y 147º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2005-000193
PARTE ACTORA: JEREMIAS VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número9.364.453
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AURA ATILIA TABLANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número15.463.605 e inscrita en el inpreabogado bajo el número 101.882 quien es Procuradora Especial de los Trabajadores
PARTE DEMANDADA: JOSÉ VENANCIO PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular d ela cédula de identidad número 1.792.111
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ORLANDO MARCIANI MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.238.955 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 38.680
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

MOTIVO: Cobro de Bolívares por Prestaciones Sociales.

En el día de hoy, 30 de MARZO de 2006, siendo las 03:00 p.m., día y hora fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen por una parte, el ciudadano JEREMIAS VARGAS parte demandante en la presente causa junto a su apoderado del ciudadana AURA ATILIA TABLANTE y por la otra el apoderado judicial de la parte demandada Abogado JOSE ORLANDO MARCIANI quienes a los fines de poner fin a la controversia han llegado al siguiente acuerdo: el apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano JOSE ORLANDO MARCIANI habiendo aceptado ambos la existencia de la relación laboral, pero difieren del tiempo en que se mantuvo la relación de trabajo, el apoderado del patrono según ordenes de su cliente propone al trabajador demandante, en nombre de su representado el pago de la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,00), por los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones correspondientes al período laborado, bono vacacional fraccionado, vacaciones fraccionadas, igualmente las utilidades correspondientes a la fracción trabajada y el pago de un bono único transaccional para englobar cualquier otra diferencia no deducida del libelo de demanda.
Cabe destacar que la sumatoria de los montos reclamados en el libelo de la demanda es por la cantidad de (Bs.11.406.665,17). siendo que la parte demandante asume no tener pruebas para demostrar que la relación de trabajo duro por un tiempo superior ni tampoco recuerda cuanto duro dicha relación. Igualmente la demanda a este tiempo se encuentra prescrita por lo cual establecen el monto señalado al principio para transar.
El demandado niega expresamente que los conceptos establecidos en el libelo de la demanda sean los correctos, a lo que la parte demandante manifiesta que efectivamente existe una variación en lo solicitado puesto que no recordaba muchas circunstancias.
Para los efectos de hacer efectivo el pago de la transacción celebrada los representantes de la parte demandada realizara el pago el día lunes 03 de abril de 2006 a las 10:00 am ante este Tribunal.
EL DEMANDANTE, declara que una vez cumplido con lo acordado en la presente transacción nada queda a deberle. JOSE VENACIO PEREIRA demandada en autos, lo cual quiere decir que nada se le adeuda por el tiempo de la relación de trabajo, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que unió a JOSE VENACIO PEREIRA., con el ciudadano JEREMIAS VARGAS y por ningún otro respecto por lo que le otorgan un total y definitivo finiquito
Este Tribunal vista la transacción celebrada entre las partes y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como fue establecido, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento, dándole efecto de Cosa Juzgada y una vez que sea consignado ante este Tribunal el pago y retirado por el demandante se ordena el archivo del presente expediente.



El Juez


Abg. José E. Morales S.
Los Comparecientes,
El Demandante



JEREMIAS VARGAS(manifiesta no saber firmar)
Apoderada Judicial del Demandante




Abg. AURA ATILIA TABLANTE


Apoderado del Demandado




Abg. JOSE ORLANDO MARCIANI MORA

La Secretaria,


Abg. NUBIA DOMACASE