REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO NUEVO RÉGIMEN Y PROCESAL TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
BARINAS, TRECE (13) DE MARZO DE 2006
195ª Y 147ª
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
Nº DE EXPEDIENTE: EP11-L- 2006-000040
PARTE ACTORA: RENZO PROSPERO AGUILAR Y LUIS ALCIDES QUINTERO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 9.268.812 y V- 8.147.308.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DUGLAS ELBANO REVEROL ZAMBRANO, Y CARLOS DAVID CONTRERAS SANCHEZ Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nº V- 14.551.629, y 11.502.376 en su orden, inscritos en el I.P.S.A con los Nro: 97.420 y 74.436.respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL DISPOBICA C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de Circunscripción Judicial del Estado Barinas anotado bajo el Numero: 70, Tomo 15-A de fecha 23 de Septiembre del año 1.996.
REPRESENTANTE DE LA EMPRESA DEMANDADA: ABOGADO RAUL ENRIQUE GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-10.061.215, e inscrito en el I.P.S.A con el Nro: 39.219
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy trece (13) de marzo de dos mil seis (2006), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoaran los Ciudadanos: RENZO PROSPERO AGUILAR Y LUIS ALCIDES QUINTERO, ya identificados ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni personalmente ni por medio de sus Apoderados y se deja expresa constancia de la presencia del Abogado RAUL E. GONZALEZ R. anteriormente identificado quien actúa en este acto como Apoderado de la Empresa Demandada: SOCIEDAD MERCANTIL DISPOBICA, representación que consta en poder que corre inserto al folio 33 y 34 ambos inclusive de fecha: 28 de Julio del año 2005, anotado bajo el Nº 48, tomo: 107 de los Libros de Autenticaciones llevados por la Notaria Publica Primera de esta Ciudad de Barinas Estado Barinas y quien en este mismo acto solicita que se le expida Copia Certificada de la presente acta, Este Tribunal por cuanto observa que lo solicitado es procedente acuerda expedir la Copia certificada solicitada; y en vista de la inasistencia de la parte Actora en el presente juicio es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 195 °.
La Juez
Abg. Carmen Martínez
La Secretaria;
Abg.: Nubia Domacase
Apoderado del Demandado:
Abg.: Raúl E. González.