REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 29 DE MARZO DE 2006
195° Y 146°
DEMANDANTE: NIDIA RODRÍGUEZ DE MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.129.132 y de este domicilio, en su carácter de Director Principal de INVERSIONES Niromic C.A Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 04 de Mayo de 1993, bajo el N° 17, Tomo 9-A.
ABOGADO ASISTENTE: JOSE BENITO PERAZA, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cédula de identidad N°V-4.242.211, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 43.611 y de este domicilio
DEMANDADO: AUEUNELLY GUADAMOR, de nacionalidad Peruana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E- 81.682.363 y de este domicilio, asistido por el Abogado Ricardo Antonio Tremont Raaz, venezolano, Abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 74.091 y de este domicilio..
ACCION: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
MOTIVO: CONVENIMIENTO (HOMOLOGACIÓN)
EXPEDIENTE N° 0929
Visto el CONVENIMIENTO efectuado por ante este Tribunal en fecha 02 de Febrero del 2006, por la ciudadana NIDIA RODRÍGUEZ DE MORENO, en su carácter de Directora Principal de Inversiones Niromic C.A asistida por el Abogado JOSE BENITO PERAZA, (Parte Demandante) y el ciudadano AUEUNELLY GUADAMOR, asistido por el Abogado RICARDO ANTONIO TREMONT, (Parte demandante), en el presente juicio, el Tribunal le imparte su Homologación, téngase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente.
LA JUEZA PROVISORIA,


ABOG. LIGIA RODRÍGUEZ SALAZAR

LA SECRETARIA

ABOG. MARIA DEL R. MONTILLA