REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL DOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 30 de Marzo de 2006.-
195º y 147º.
Visto el Escrito que encabeza las presentes actuaciones, oída la justificación promovida y evacuadas al efecto por ante este Despacho. Este Tribunal deja a salvo los derechos de terceros, de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de Procedimiento Civil, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como Únicos y Universales Herederos, a los ciudadanos Eliana, Victor José, Melissa Suarez Márquez y al adolescente Xulio Xavier Suarez Peña del De Cujus Victor Manuel Suarez González, cedula de identidad Nº 3.917.516. Devuélvanse los originales con sus resultas a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada, en la sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 30 días del mes de Marzo de Dos Mil Seis. (L.S) La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abg. Carmen Virginia Travieso. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 30 días del mes de Marzo de dos mil Seis.-
La Secretaria
Abg. Carmen Virginia Travieso
Exp. Nº S-6576-06
RDV/ninfa.-
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