REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 27 de Marzo de 2006
195 º y 146 º


Visto el escrito de fecha 20/03/2006, inserto a los folios 83 y 84, y anexos que lo acompañan hasta el folio 88, suscrito por los ciudadanos ALFONSO JOSE VALECILLOS HERRERA y JANETH DELREAL CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.562.534; V-11.192.411 respectivamente, debidamente asistidos por la abogado MARIA LOURDES RODRIGUEZ, encargada de la Oficina de Adopciones adscrita al Consejo Estadal de Derechos del niño y del adolescente, en el cual solicitan sea modificada la MEDIDA DE COLOCACIÓN EN ENTIDAD DE ATENCIÓN por MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR, de la niña NAZARETH DE JESUS VILLEGAS, de 02 años de edad, en el hogar de los diligenciantes, en en consecuencia vista el acta de empatía e informe Social y de Adoptabilidad acompañados, el Tribunal ACUERDA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO de conformidad con el artículo 08, 26, 131 y 398 LOPNA, SUSTITUIR POR APLICACIÓN PREFERENTE LA MEDIDA DE COLOCACIÓN EN LA ENTIDAD DE ATENCIÓN (C.I.P.I) de la niña NAZARETH DE JESUS VILLEGAS, POR COLOCACIÓN FAMILIAR, en el hogar de los ciudadanos ALFONSO JOSE VALECILLOS HERRERA y JANETH DELREAL CONTRERAS, ya identificados, de conformidad con los artículos 396, 398, 399 LOPNA, como medida de protección prelante conforme al artículo 398 LOPNA. Notifíquese mediante oficio a la Directora del C.I.P.I a los fines de que materialice el egreso y la entrega respectiva. Así mismo comisiónese al equipo técnico de este Tribunal para las evaluaciones y seguimiento de ley. Librese las boletas y oficio respectivos. Diarícese cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria Abg. Mirta Briceño. En la misma fecha se expidieron las copias de ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Mirta Briceño. Quien suscribe Abg. Mirta Briceño, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente C-4511-04, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.




La Secretaria.
Abg. Mirta Briceño

Exp. Nº C-4511-04
YFGG/jg.-