TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 09 de Marzo de 2006
195 º y 146 º
Vista la solicitud de Bienes de Niños y Adolescentes por el fallecimiento del ciudadano ADON YDAN GUEVARA, C.I N° V-10.556.274, y recaudos acompañados suscrito por la ciudadana ALEJANDRA MARIA OROPEZA PEREZ, C.I N° V-11.189.230, madre de los adolescentes CARLOS ALFREDO y EVA ESTHER GUEVARA OROPEZA, de 15 y 14 años de edad respectivamente, debidamente asistida por la Defensor Público abogado KALIDIA SANTANDER. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, conforme prevee los artículos 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY se ordena notificar de la admisión del presente procedimiento a la Fiscal Especializada mediante boleta. Así mismo Ofíciese al Ministerio de Salud y desarrollo social A FINES DE QUE ENVÍEN LAS CANTIDADES DE DINERO SOLICITADAS A LOS FINES DE SU ADMINISTRACIÓN POR ESTE TRIBUNAL conforme a los artículos 267 del Código Civil y 177 Parágrafo Segundo Literal “b” LOPNA. Librese el oficio correspondiente. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria Abg. Mirta Briceño. En la misma fecha se libró copias certificada. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Mirta Briceño. Quien suscribe Abg. Mirta Briceño, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente S-6570-06, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.


La Secretaria.
Abg. Mirta Briceño.



Exp. Nº S-6570-06
YFGG/jg.-