REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.


Barinitas, 28 de marzo de 2006.

Años: 195º y 147º

Vista la conciliación, de fecha 23 de marzo del año 2006, mediante el cual el ciudadano YAFRAN JESUS MORENO CAMACHO, se compromete a darle la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (BS. 80.000,00) mensual, por concepto de OBLIGACION ALIMENTARIA, los cuales serán otorgados de la siguiente manera: VEINTE MIL BOLIVARES (BS.20.000,00) semanal, ya que el demandante realiza trabajos, eventuales, actualmente trabajando en el Club Vallistico Santa Clara, pero no tiene un trabajo estable, el mencionado ciudadano actualmente vive en concubinato con la ciudadana Yamileth Martínez, con quien tiene un niño de tres (3) años de edad, el cual lleva por nombre YAFRAN NAZARET MORENO MARTINEZ, el mismo se compromete a presentar por ante este Tribunal carta de concubinato y partida de nacimiento del niño. Para tal efecto el padre se compromete con la madre del niño, de que la forma de entregar el dinero será los días sábados de cada semana. Por su parte la ciudadana CARMEN IRENE MONSALVE GARRIDO, acepta en conformidad la cantidad ofrecida por la parte demandada y padre del niño en cuestión. En este estado, siendo las once y cuarenta y cinco de la mañana (11:45 a.m), terminó el acto, se leyó y conformes firman. Este Tribunal, de conformidad con lo previsto en los artículos 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente y 262 del Código de Procedimiento Civil homologa en toda y cada una de sus partes dicho convenimiento hecho por las partes y le da carácter de Cosa Juzgada. Reservándose el Tribunal el archivo del expediente dada la naturaleza de la presente acción.
La Juez temporal,

Abg. Nieves Carmona.
El Secretario,


Carlos Alberto Suárez J.
Exp. Nro. 2006-563.
NC/mjl.