ACTA

N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2006-000155
PARTE ACTORA: DECCI COROMOTO GUEDEZ PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.265.255
PARTE DEMANDADA: CENTRO HIPICO CATIRE BELLO.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: HENRY EPIFANIO VEGAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.923.257
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: SAMUEL REYNA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.0967.856 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 9.008
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy diez de mayo de dos mil seis, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de la comparecencia del representante legal de la empresa demandada ciudadano HENRY EPIFANIO VEGAS CONTRERAS debidamente asistido por el Abogado SAMUEL REYNA CAMACHO, igualmente se deja constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.


El Juez


Abg. JOSÉ MORALES
Los Comparecientes

Representante Legal de la Empresa Demandada




HENRY EPIFANIO VEGAS CONTRERAS



Abogado Asistente de la Parte Demandada




Abg. SAMUEL REYNA CAMACHO



La Secretaria


Abg. NUBIA DOMACASE