REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS 23 DE MAYO 2006
196º y 147º

En escrito presentado ante este Tribunal Superior en fecha 07 de abril de 2005, por el abogado DANIEL ALFREDO GRATEROL, titular de la cédula de identidad N° 14.259.386, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.825, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA DEL ROSARIO MORILLO PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 3.914.674, han interpuesto demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BARINAS.
En fecha dieciséis (16) de mayo de 2006, los abogados DANIEL ALFREDO GRATEROL, titular de la cédula de Identidad N° 14.259.386, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 101.825, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, y AULIO ISAIAS RIVAS, titular de la cédula de identidad N° 3.131.078, en su condición de PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO BARINAS, parte demandada, en la que consigna el ACTA DE TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, y solicita se le otorgue a la presente Transacción el carácter de cosa juzgada y por ende el cierre y el archivo del expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la Transacción, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la Transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION, en la demanda por COBRO DE PRESACIONES SOCIALES, interpuesto por la ciudadana MARIA DEL ROSARIO MORILLO PALENCIA, antes identificada, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BARINAS.
EL JUEZ TITULAR,
fdo
FREDDY DUQUE RAMIREZ
LA SECRETARIA,
fdo
BEATRIZ TORRES MONTIEL
FDR/yvr.-
EXP. N° 5575-05.-