Nro. 06-05-04.

En horas de despacho del día de hoy, ocho (08) de mayo del año dos mil seis (2006), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el primer (1er) acto conciliatorio en el presente juicio de divorcio ordinario, el Alguacil procedió a hacer el anunció de dicho acto a las puertas del Tribunal, no compareciendo la demandante ciudadana Elia Rosa Meléndez Chirinos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.258.239; razón por la cual se declara extinguido el proceso de conformidad con lo dispuesto en la parte final del artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. No estuvo presente el demandado ciudadano José Ramón Henríquez Zamudio, así como tampoco el representante del Ministerio Público de este Estado. Se deja constancia de la presencia de la defensora judicial designada abogada en ejercicio Sandra Mercedes Cervellione Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.561.390 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.618. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

La Juez,


La defensora judicial designada,


El Alguacil,



La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla

Exp. Nro. 05-7166-CF
rm.