Por la razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: se condena a los acusados ANDHY FERNANDO BRICEÑO DUGARTE Y ANGEL CLEMENTE VILLAPAREDES GUERRERO, ya identificado, por la comisión del delito de PRIVACIÒN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el Art. 176 encabezamiento del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Edgar José Rojas Urbina, a cumplir la pena de VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS DE PRISIÓN, además de las accesorias previstas en el artículo 16 del C.P. SEGUNDO: Se acuerda librar lo conducente para que se remita la presente causa en el lapso legal al Tribunal de Ejecución correspondiente.