En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: VICTOR JULIO PERALTA venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N ° 24.297.008, natural de Mariara Estado Carabobo, fecha de nacimiento 04-06-80, de profesión comerciante, hijo de Maria Sivina Peralta y de Juan de Dios Aliendo, residenciado en el Barrio Las Flores, Sector Guamacho, Calle Márquez del Toro, Casa N ° 36, Mariara Estado Carabobo, por la comisión del delito de: Posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 46 eiusdem a cumplir la pena de Dos (02) años de prisión. Se ordena la remisión al tribunal de Ejecución competente.