REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 8 de Junio de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-008883
ASUNTO : EP01-P-2005-008883
Visto el escrito presentado por el ciudadano Natividad Contreras Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.829.604, ocupación comerciante, residenciado en el Paguey sector La Picadora entrada a la Guaya, Bodega La Guaya Municipio Barinas Estado Barinas, solicitando la entrega de un vehículo cuyas características son: Placas: 342-GAE; Serial de Carrocería: AJF1DE34135, Serial del Motor: 6 Cilindros Marca: FORD, Año: 1983, Color: ROJO, Uso: Carga, Clase: Camioneta, Modelo: 150; éste Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal para decidir observa:
Consta en folio 31 de la presente causa Acta Policial de fecha 05 de Noviembre del 2005: “…nos fue informado vía telefónica sobre la ocurrencia de un accidente de tránsito en la Final de la Avenida Intercomunal sector Banco de Jobo de Ciudad Bolivia…se pudo observar que se trataba de una COLISION ENTRE VEHICULO, donde resultara una persona lesionada…identificando al conductor No 02 de la siguiente manera NATIVIDAD CONTRERAS MENDOZA…”.
Consta en folio 37 de la presente causa Orden de depósito de vehículos al Estacionamiento Continental de Pedraza del estado Barinas.
Consta en folio 58 de la presente causa Experticia de Vehículo No 024 de fecha 07 de Febrero del 2006 en donde se concluye: “El serial de Carrocería en el chasis…se encuentra ORIGINAL. 02.-La chapa identificadora con el serial de Carrocería…se encuentra ORIGINAL. 03.- La chapa identificadora con el serial de carrocería…ubicada en el tablero de instrumentos se encuentra original. 04.-Motor 8 Cilindros. 05.- Referido vehículo presenta matrículas 342-GAE…”.
Consta en folio 82 de la presente causa Oficio remitido por la Jefe de Oficina Regional Barinas: “…permítome anexar fotocopia donde se evidencia que el trámite fue enviado conjuntamente con todos los documentos originales por extravío de placas a nombre del ciudadano Natividad Contreras…”.
Consta en folio 114 de la presente causa oficio No 918 de fecha 18 de mayo del 2006 emanado de la Fiscalía Décima del Ministerio Público informando a éste Tribunal de Control No 03 que en cuanto a la presente investigación no se encuentran diligencias por realizar sobre el vehículo retenido.
Consta en folio 08 de la presente causa Copia Certificada del Documento de Compra Venta sobre el vehículo objeto de la presente solicitud entre el ciudadano Dicra Becerra Salcedo y el ciudadano Natividad Contreras, el cual fue debidamente otorgado ante la Oficina Inmobiliaria de Registro de los Municipios Autónomo Pedraza y Sucre del Estado Barinas bajo el número 01, tomo 10 de fecha 09 de Septiembre del 2003.
Ahora bien, éste Tribunal de Control No 03 observa que el vehículo objeto de la presente solicitud fue adquirido por medio de un documento debidamente autenticado entre los ciudadanos Dicra Becerra Salcedo y el solicitante, existiendo una tradición legal entre los mismos, así como consta de las presentes actuaciones, que no existe solicitud alguna de tercera persona en relación a la entrega del vehículo ni por autoridades policiales, aunado a que dicho vehículo quedo retenido en virtud de la colisión que se suscitó en fecha 05 de Noviembre del 2005 no habiendo ninguna diligencia de investigación pendiente por parte de la Fiscalía Décima del Ministerio Público en relación al vehículo objeto de la presente solicitud, es por lo que éste Tribunal de Control No 03 de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la entrega del vehículo solicitado.
Por las razones anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace el siguiente pronunciamiento: Primero: Se acuerda la entrega del vehículo cuyas características son: Placas: 342-GAE; Serial de Carrocería: AJF1DE34135, Serial del Motor: 6 Cilindros Marca: FORD, Año: 1983, Color: ROJO, Uso: Carga, Clase: Camioneta, Modelo: 150, al ciudadano Natividad Contreras Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.829.604, ocupación comerciante, residenciado en el Paguey sector La Picadora entrada a la Guaya, Bodega La Guaya Municipio Barinas Estado Barinas. Segundo: Se acuerda oficiar al Estacionamiento Continental de Pedraza del Estado Barinas a los fines de informarle que deberá de efectuar la entrega de dicho vehículo al ciudadano Natividad Contreras y comunicarse con el Tribunal de Control No 03 el día de la entrega. Tercero: Se acuerda realizar la entrega para el día ________ ( ) de ___________ del 2006. Cuarto: Se acuerda librar boleta de notificación correspondiente a las partes. Quinto: Se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Décima del Ministerio Público. Así se decide. Líbrese lo conducente.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NO 03
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA CRESPO CASTILLO
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