REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 09 de Mayo de 2006
196° y 147°

Vista la anterior TRANSACCION celebrada en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA entre la Abogada en ejercicio MARIA VICTORIA CLEMENTE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 46.033, en su carácter de Administradora del Conjunto Residencial Terrazas del Country, según consta en acta de asamblea general de propietarios de fecha 27/06/2005, debidamente autenticada por ante la Notaría Pública Primera de Barinas en fecha 30/08/2005, anotada bajo el N° 33, Tomo 124, de los libros respectivos, y debidamente autorizada para este acto según consta en acta de asamblea general extraordinaria de fecha 18/07/2005, autenticada por ante dicha oficina notarial en fecha 30/08/2005, bajo el N° 34, Tomo 124, por una parte, y por la otra, FRANCISCO IMPERATORE VALENTINI, títular de la cédula de identidad N° V-8.016.815, en su condición de representante de la Sociedad Mercantil “COLVEN, C.A”, parte demandada, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio BRUNO PANATO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 28.000, se acuerda conforme a lo solicitado; en consecuencia; el Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCION celebrada en los mismos términos propuestos por las partes, por cuanto esta actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, se procede como sentencia pasada en autoridad de la cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente. Cúmplase.
La Juez Temporal El Secretario

Abg. SONIA FERNANDEZ CASTELLANOS JOSE ROMAN


Exp. N° 2008
SFC/JSR/jr.