REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
LIBERTAD.
21 DE NOVIEMBRE DE 2006.
196° Y 147°
EXP.1017-06
Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos ROQUE FELIX NIÑO BERBEO, titular de la Cédula de Identidad No.22.980.064, venezolano, mayor de edad, obrero, domiciliado en el Sector Masparrito, Municipio Rojas del Estado Barinas; y la ciudadana AURA ROSA FLORES JASPE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.11.193.037, domiciliada en el Barrio El Chorro de esta Población de Libertad Municipio Rojas del Estado Barinas, suscrito por éstos en fecha 13 de Noviembre de 2006, cuando comparece el ciudadano ROQUE FELIX NIÑO BERBEO y ofrece como Revisión de Obligación Alimentaria la suma de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.50.000) mensuales, además la suma de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.000) en el mes de Septiembre para cubrir gastos de Uniformes y Útiles Escolares y en el mes de Diciembre la suma de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs.150.000) como Bonificación Especial, todo aparte de la mensualidad y solicita una vez notificada la ciudadana Aura Rosa Flores Jaspe del presente ofrecimiento y manifestando su conformidad se homologue; asimismo en fecha 16 de Noviembre de 2006 comparece la ciudadana AURA ROSA FLORES JASPE y una vez notificada del ofrecimiento realizado por el ciudadano ROQUE FELIX NIÑO BERBEO, manifestó su aceptación y conformidad, e igualmente solicita su homologación.
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