REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 16 DE NOVIEMBRE DE 2006
196º y 147°


En escrito presentado ante el Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, y recibido en este Tribunal Superior, en fecha (09) de Noviembre de Dos Mil seis (2006), por el ciudadano GUALBERTO TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.206.981, en su carácter de SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVAR DEL ESTADO BARINAS, ha interpuesto OFERTA REAL DE PAGO a la ciudadana EVELIN LYANETH PAREDES ARELLANO, venezolana, mayor de edad, Abogado, y titular de la Cédula de Identidad N° 9.987.559, en su condición de acreedor.
Este Tribunal Superior observa, que por cuanto se trata de una Funcionaria Pública, lo referente a su estabilidad funcionarial se rige por lo previsto en la Ley del Estatuto de la Función Pública, y así como se observa, que la presente solicitud es una OFERTA REAL DE PAGO, regulada por el Código de Procedimiento Civil, en el Titulo Octavo, que establece las normas aplicables sobre esta materia y el cual esta regulado por normas de carácter sustantivas y adjetivas del derecho Civil; siendo así, este Tribunal considera que el mecanismo utilizado no es procedente ya que no está acorde con los mecanismos y recursos previstos en la materia Funcionarial. En consecuencia, este Tribunal Superior, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud propuesta por el ciudadano GUALBERTO TORO, antes ya suficientemente identificado. Y se acuerda librar Oficio al ente solicitante, a los fines de retirar el Cheque de Gerencia N° 00091486, de la cuenta N° 0108-0596-15-0100016143, del BANCO PROVINCIAL, por Bs. VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON 90/100 (Bs. 26.226.886,90), de fecha once (11) de Septiembre de 2006, a favor de la ciudadana PAREDES ARELLANO EVELYN LYANETH, el cual reposa en la Secretaría de este Tribunal Superior. Líbrese Oficio.
EL JUEZ TITULAR,
fdo
FREDDY DUQUE RAMIREZ.
LA SECRETARIA,
fdo
BEATRIZ TORRES MONTIEL.