REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Libertad, 16 de Octubre de 2006
N° 999-06.
196° Y 147°
Visto el convenimiento suscrito por los ciudadanos ALBERT RENE ROJAS HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.22.115.701 1, con domicilio en el Sector Agua larga, Municipio Rojas, Estado Barinas y la ciudadana MILETZA JOHANA JIMENEZ PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula No.18.118.811, con domicilio en el Sector La Macagua, Municipio Rojas del Estado Barinas, suscrito por estos en fecha 10 de Octubre de 2006, en el cual acuerdan fijar la correspondiente Pensión Alimentaría en beneficio de su menor hija YOHANDRY MARIA ROJAS JIMENEZ, en base a los siguientes términos: El Padre de la referida menor se compromete a pasarle por concepto de Pensión Alimentaría la suma de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs.70.000) mensuales, que entregaré en efectivo a la ciudadana MILETZA JOHANA JIMENEZ PEÑA, además cubrir el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de Medicinas, Vestuario, Calzado, en el mes de Diciembre la suma de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000) como Bonificación Especial de fin de Año y sus estrenos. La ciudadana MILETZA JOHANA JIMENEZ PEÑA, antes identificada manifiesta su conformidad y acepta el ofrecimiento efectuado por el predicho ciudadano, y ambos solicitan se HOMOLOGUE el presente convenimiento y se archive el presente expediente.
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