REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 24 de Octubre de 2006
196 ° y 147 °
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2006-0000319
PARTE ACTORA: LUISA ELENA PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.768.487.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: AURA ATILIA TABLANTE, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.463.605, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 101.882, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores del Estado Barinas.
PARTE DEMANDADA: WENCESLADO DEL C. ROSALES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.386.229.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS GARZON ROSALES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.549.315, inscrito en el I.P.S.A con el Nº 108.386, según Poder Apud-Acta que riela al folio catorce (14)
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy; Martes; 24 de Octubre dos mil seis (2006), siendo las NUEVE (9:00) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio incoada por la Ciudadana: LUISA ELENA PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.768.487 en contra del Ciudadano: WENCESLADO DEL C. ROSALES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.386.229, se deja expresa constancia que ninguna de las partes acudió ni por si ni por medio de Apoderados a la celebración de la Audiencia Preliminar por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
La Juez
Abg. Carmen G. Martìnez
La Secretaria,
Abg. Jenmary Herrera Garcìa
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