REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 18 DE SEPTIEMBRE DE 2006
196° y 147°

Vista la diligencia suscrita por el abogado JOSE FERNANDO MACABEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.136.099, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 49.154, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, en la que anuncian RECURSO DE CASACIÓN contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 26 de julio de 2006, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, interpuesto por el ciudadano JOSE MANUEL CACERES RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.257.672, contra la Empresa CALES DIAZ C.A inscrita en el en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 13-02-2002, anotado bajo el N° 50 Tomo A-3, en la persona de su Presidente ciudadano NELIO MAURICIO DIAZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.141.244., este Tribunal Superior, para decidir observa:
El abogado JOSE FERNANDO MACABEO, anuncio Recurso de Casación, el día 03 de agosto de 2006 en contra de la Decisión dictada por este Tribunal Superior el día 26 de julio de 2006, haciéndolo oportunamente según se infiere del computo de días de despacho certificados por la Secretaria del Tribunal, pues tal lapso de Diez (10) días comenzó el día 27 de julio de 2006, hasta el día 14 de agosto de 2006 ambos inclusive.
En consecuencia, siendo oportuno tal anuncio del Recuso de Casación, transcurrido el lapso que se da para el mismo y
Siendo la sentencia recurrida de última instancia que pone fin al juicio civil, este Tribunal Superior en lo Civil y contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley ADMITE el RECURSO DE CASACION y ordena remitir el presente expediente al Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Civil. Désele salida y remítase con oficio.
….…..…….EL JUEZ TITULAR……………………………….………………
……………..FDO,……………………………………………………………….……………
....……..FREDDY DUQUE RAMIREZ……………………………………………….
………………………………LA SECRETARIA,………………………………………
……………………………………FDO,……………………………………………………………………………BEATRIZ TORRES MONTIEL……………………………………..