REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.


PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 4,
Circuito Judicial Penal del Estado Barinas

Barinas, 01 de Septiembre de 2006.
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL Nº EP01-P-2006-002309

JUEZ DE CONTROL Nº 4: ABG. NERYS CARBALLO JIMENEZ.

SECRETARIA: ABG. YANNIRA DAVILA MALDONADO
MOTIVO: MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD

IMPUTADO: MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N 17.376.694, natural de Barinas, de profesión trabajo y estudio en el Alberto Arvelo Torrealba , Hijo Alirio Traviño Quintero( v) (su padrastro) y Rosa Maria Izarra de Traviño (V) fecha de nacimiento 15-03-1985, Residenciado en el Barrio San Juan, diagonal al deposito de la regional, Barinas Estado Barinas y ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.838.332, natural de Barinas, de profesión u oficio Albañil, Hijo Aldo José Gregorio Angulo (v) y Moraima del Valle Montilla. (v) fecha de nacimiento 15-05-1988, Residenciado en el Barrio Santa Rita, callejón los robles, casa S/n, cerca del Mercado Santa rita Barinas Estado Barinas
DELITO: ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO (TAXI), previstos y sancionados en el Artículo 357 del Código Penal.
DEFENSOR PUBLICO: ABG. ESTEBAN MENESES
FISCALIA TERECERA: ABG. MARITZA RIVAS ARAUJO
DEFENSOR PUBLICO: ABG. ESTEBAN MENESES

Visto el escrito presentado por el Abg. MARITZA RIVAS ARAUJO, Fiscal Tercero del Ministerio Público, donde solicita Medida de Privación Judicial de Libertad en contra de los Imputados MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N 17.376.694, natural de Barinas, de profesión trabajo y estudio en el Alberto Arvelo Torrealba , Hijo Alirio Traviño Quintero( v) (su padrastro) y Rosa Maria Izarra de Traviño (V) fecha de nacimiento 15-03-1985, Residenciado en el Barrio San Juan, diagonal al deposito de la regional, Barinas Estado Barinas y ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.838.332, natural de Barinas, de profesión u oficio Albañil, Hijo Aldo José Gregorio Angulo (v) y Moraima del Valle Montilla. (v) fecha de nacimiento 15-05-1988, Residenciado en el Barrio Santa Rita, callejón los robles, casa S/n, cerca del Mercado Santa rita Barinas Estado Barinas, por la presunta participación en la comisión del Delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO (TAXI), previstos y sancionados en el Artículo 357 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ PORRAS, estando dentro del lapso legal a que se contrae el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, corresponde a este Tribunal decidir y así lo hace en los términos siguientes:

Consta en el legajo de actuaciones Informe Policial, de fecha 26-08-06, suscrita por el funcionario Agte. MEDINA FRANKLIN, adscritos a la Unidad se Seguridad y Orden Público de la Policía Municipal, Barinas, quien deja constancia de:

" … siendo las 10:25pm, horas de la noche, encontrándome en labores de patrullaje por la parte alta, específicamente en la Avenida Industrial, cumpliendo órdenes de la superioridad, en compañía de la Agente ARIAS YANIRE, a bordo de la unidad U-020, cuando fuimos objeto de llamado de atención de un ciudadano que no quiso identificarse por temor a represalias manifestando que tres sujetos en un vehículo taxi marca Corsa color blanco llevan secuestrado a un taxista señalando la dirección por donde se había dirigido, en vista de lo antes expuesto procedimos a realizar un recorrido minucioso por el lugar…posteriormente visualizamos a varios metros un vehículo con las mismas características antes mencionadas, dándole alcance y con la precaución se le indicó al conductor del vehículo que se detuviera al margen de la derecha…seguidamente se le manifestó a los tripulantes del vehículo que descendieran del mismo, acatando nuestro llamado, saliendo de la parte trasera del vehículo tres ciudadanos y el conductor mostraba actitud nerviosa … amparado en el Articulo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, se efectuó una revisión personal, siendo uno de ellos un adolescente quien vestía una franela de color amarillo y pantalón blue jeans, no encontrando ningún objeto de interés criminalístico…el segundo sujeto vestía de franela color blanco y pantalón blue jeans, de contextura gruesa, de color de piel blanco, de estatura mediana no encontrando ningún objeto de interés criminalístico, el tercero vestía camisa blanca y pantalón de color vinotinto, de color de piel moreno de contextura delgada, de estatura mediana, encontrándole dentro de su ropa intima un (01) arma de fuego tipo revolver, marca KORA BRINO, pavón color negro confeccionada en material sintético, calibre 38mm, contentiva en su interior de dos proyectiles marca Cavim del mismo calibre, siendo el conductor del vehículo de nombre MARTINEZ PORRAS LUIS ENRIQUE…quien manifestó que dichos sujetos lo habían sometido con el arma de fuego bajo amenaza para despojarlo de sus pertenencias, siendo testigo presencial el ciudadano GARCIA LUSI ALFREDO, por lo que procedimos a identificar a dichos ciudadanos… MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N 17.376.694, natural de Barinas, de profesión trabajo y estudio en el Alberto Arvelo Torrealba , Hijo Alirio Traviño Quintero( v) (su padrastro) y Rosa Maria Izarra de Traviño (V) fecha de nacimiento 15-03-1985, Residenciado en el Barrio San Juan, diagonal al deposito de la regional, Barinas Estado Barinas y ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.838.332, natural de Barinas, de profesión u oficio Albañil, Hijo Aldo José Gregorio Angulo (v) y Moraima del Valle Montilla. (v) fecha de nacimiento 15-05-1988, Residenciado en el Barrio Santa Rita, callejón los robles, casa S/n, cerca del Mercado Santa rita Barinas Estado Barinas, se le indico a estos ciudadanos que a partir de ese momento se encontraba en calidad de Aprehendido de conformidad con el articulo 248 del C.O.P.P., Así mismo se le informo que seria puesto a disposición de la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico. Quedando a la orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico.

A los folios 11 y 12, consta Acta de Derechos de los Imputados de autos MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA y ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA.

Al folio 16, consta Acta de Retención de Objeto, cuyas características son las siguientes:
“…un (01) arma de fuego tipo revolver, marca KORA BRINO, pavón color negro confeccionada en material sintético, calibre 38mm, contentiva en su interior de dos proyectiles marca Cavim del mismo calibre,…”

Al oír al imputado MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA, manifestó su deseo de declarar previa imposición del precepto constitucional, manifestó:
""Bueno el compañero que salio ahorita dos mujeres salimos a una fiesta paramos el taxi y después no paro la policía nos revisaron y no nos encontraron nada después revisaron el taxi y encontraron un arma debajo del asiento del taxi, nos llevaron para la policía allí me preguntaron que si el arma era mía y yo le dije que no, me acusan de asalto a taxi y eso no es verdad el señor es amigo mío, el era busetero ahora trabaja de taxi, .es todo".

Al oír al imputado ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA, manifestó su deseo de declarar previa imposición del precepto constitucional, manifestó:
"Bueno, nosotros íbamos dos mujeres el menor de edad y nosotros dos el señor iba saliendo del barrio Santo Domingo y nosotros lo paramos para una carrera, le dijimos que nos llevara para la hielera de los Guasimitos, para unos quince años, y nos fuimos y al frente de Funsalud detuvieron al taxi el policía nos mando a bajar y nos reviso, y nos pidió la cedulo y nos parto a los cinco para un lado, nos reviso y no nos consiguió nada entonces reviso el taxi y del asiento trasero saco una arma y después nos trajo para la policía municipal, el policía le decía a Manuel que dijera que la pistola era de el, y ahorita me lo esta imputando es a mi, es todo.”

Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensa, Abogado Esteban Meneses, y expuso: " Solicito una medida cautelar sustitutiva de libertad de las contenidas en el 256 en su numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, solicito copia de la presente acta es todo.”

Considera este Tribunal que del estudio de las actas del proceso el Ministerio Público imputa el delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO (TAXI), previstos y sancionados en el Artículo 357 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ PORRAS, y cuyo delito merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita; y existen suficientes elementos de convicción para estimar que el hoy imputado es participe del hecho que se le imputa; estima el tribunal que se encuentran llenos los extremos del artículo 250 en sus numerales 1 , 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que la única medida procedente es la MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL DE LIBERTAD a en contra del Imputado MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA y ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA, identificados supra. Se Acuerda la Aplicación del Procedimiento Ordinario.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN Y DECRETA: MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACION DE LIBERTAD en contra del Imputado MANUEL ALEJANDRO BUITRAGO IZARRA venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N 17.376.694, natural de Barinas, de profesión trabajo y estudio en el Alberto Arvelo Torrealba , Hijo Alirio Traviño Quintero( v) (su padrastro) y Rosa Maria Izarra de Traviño (V) fecha de nacimiento 15-03-1985, Residenciado en el Barrio San Juan, diagonal al deposito de la regional, Barinas Estado Barinas y ANDERSON JOSE ANGULO MONTILLA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.838.332, natural de Barinas, de profesión u oficio Albañil, Hijo Aldo José Gregorio Angulo (v) y Moraima del Valle Montilla. (v) fecha de nacimiento 15-05-1988, Residenciado en el Barrio Santa Rita, callejón los robles, casa S/n, cerca del Mercado Santa rita Barinas Estado Barinas, por la presunta participación en la comisión del Delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO (TAXI), previstos y sancionados en el Artículo 357 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ PORRAS. Se Acuerda la Aplicación del Procedimiento Ordinario. Líbrese Boleta de Privación de Libertad .Quedan las partes Notificadas de la presente decisión, de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Control N° 4, en Barinas al Primero (01) día del mes de Septiembre de 2.006.
LA JUEZ DE CONTROL N° 4.

ABG. NERYS CARBALLO JIMÉNEZ. LA SECRETARIA.


ABG. YANNIRA DAVILA.