REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, cuatro (04) de abril de dos mil ocho
197º y 149º

Siendo las 10:00 a.m., del día viernes, cuatro (04) de abril de 2008, día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la audiencia oral y publica, en la causa signada con el Nº EP11-L-2007-000095, contentiva de juicio por Cobro de Prestaciones Sociales., incoada por el ciudadano: MARCOS ANTONIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 9.591.102 contra el MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS, constituido este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en esta Sala de Audiencia, presidida por el Juez, Abg. Jesús Rafael Paris Orasma, la ciudadana Secretaria, Abg. Nubia Domacase, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.123.948 y el ciudadano Alguacil Jean Carlos Fernández, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.280.637, por lo cual se da inicio a la presente audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, Jhonny Azuaje, titular de la cédula de identidad Nº V.12.838.123. La Secretaria certifica la incomparecencia al acto tanto de la parte actora como de la parte demandada, ni por si ni por medio de apoderado alguno que los represente. Seguidamente el ciudadano Juez, establece que dada la incomparecencia de ambas partes a la celebración de la audiencia de juicio oral y público, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara la EXTINCION DEL PROCESO. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez

Abg. Jesús Rafael Paris



Técnico audiovisual

Jhonny Azuaje

Alguacil

Jean Carlos Fernández

La Secretaria

Abg. Nubia Domacase
JP/nubia.-