REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 7 de Abril de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-015622
ASUNTO : EP01-P-2007-015622
Visto el escrito consignado por los Abogados José Laurencio Figueredo y Jesús Madroñero en su condición de Defensores privados del imitado Ferney Isnaldo Rojas, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad No 18.559.417, a quien se le sigue la presente causa por el delito de Resistencia a la Autoridad y Detentación de Cartuchos, previsto y sancionado en los artículos 218 y 277 del Código Penal, solicitando la ampliación de las presentaciones, éste Tribunal de Control N° 05 a los fines de decidir observa:
Consta que en fecha 12 de Diciembre del 2007 la realización de la audiencia de calificación de flagrancia, en donde se acordó medida de presentación cada diez (10) por ante la oficina de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, verificándose en el Sistema Juris 2000, el cumplimiento de las presentaciones por parte del imputado; en consecuencia se acuerda la ampliación de dichas presentaciones cada treinta (30) días por ante la oficina de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal.
Por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la ampliación de las presentaciones impuestas al imputado Ferney Isnaldo Rojas, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad No 18.559.417, cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio a la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a los fines de informarle sobre la ampliación de las presentaciones. TERCERO: Se acuerda librar boleta de notificación. Así se decide.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON
LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA CRESPO CASTILLO
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