REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de Abril de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-003928
ASUNTO : EP01-P-2005-003928
AUTO REMISIÓN PARA SU ACUMULACIÓN POR UNIDAD DEL PROCESO
Revisada la presente causa, en la misma aparece como Acusado JUAN JOSÉ ANDUEZA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.126.023, de 25 años de edad, nacido en fecha: 24-03-1982, hijo de Ana Isabel Arguello (V) y de Henry Andueza (V) y residenciado en el Barrio Independencia I, Calle Los Pinos, Casa N° 38, Barinas, Estado Barinas, a los fines de la Acumulación. Este Tribunal para decidir al respecto, observa:
PRIMERO: En fecha 16-12-05 , en la presente causa EP01-P-2005-003928, se dictó auto de apertura a juicio donde se recibe la presente causa proveniente del Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, donde fue decretado Auto de Apertura a Juicio, al acusado JUAN JOSÉ ANDUEZA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.126.023, de 25 años de edad, nacido en fecha: 24-03-1982, hijo de Ana Isabel Arguello (V) y de Henry Andueza (V) y residenciado en el Barrio Independencia I, Calle Los Pinos, Casa N° 38, Barinas, Estado Barinas, por la comisión del delito de VIOLACION previsto y sancionado en el Art. 374 del Código Penal Venezolano Vigente en contra del ciudadano WILLIAM YORDETH BECERRA CONTRERAS,
SEGUNDO: Revisado el Sistema Juris, consta que el acusado JUAN JOSÉ ANDUEZA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.126.023, de 25 años de edad, nacido en fecha: 24-03-1982, hijo de Ana Isabel Arguello (V) y de Henry Andueza (V) y residenciado en el Barrio Independencia I, Calle Los Pinos, Casa N° 38, Barinas, Estado Barinas, tiene el Asunto Penal N° EP01-P-2005-357, y la cual cursa ante el Tribunal de Juicio N° 02.. y así mismo solicitada información por este Tribunal, se recibió OFICIO Nº: EK01OFO2008003096 de fecha 28 de Marzo de 200, mediante el cual informan que la situación actual del Acusado: Juan Andueza Arguello; se encuentra privado de libertad por el delito de Homicidio Calificado con Alevosía, previsto y sancionado en el Articulo: 408 Ordinal 1 del Código Orgánico Penal, cometido en perjuicio de Bartolo Tovar; el tiene fijado en fecha de Juicio para el día 09/04/08 a las 1:00 pm, y se encuentra recluido en el Internado Judicial del Edo. Carabobo, hasta la presente fecha, en espera de Traslado para el Centro Penitenciario de Guanare, una vez que sea aprobado el traslado por las autoridades competentes
TERCERO: Establece el Artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal: “La acumulación de autos en materia penal se efectuara en cualquier caso en que el criterio judicial dependa de la relación que guardan entre sí varios hechos enjuiciados.”
Establece el Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal: “Unidad del proceso. Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este Código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.”
En consecuencia, quien aquí decide, tomando en consideración la normativa legal anteriormente transcrita y por cuanto en la causa que se encuentra en el este Tribunal de juicio N° 03, esta en la misma etapa, por tal motivo SE ORDENA LA REMISIÓN DEL PRESENTE ASUNTO AL TRIBUNAL DE JUICIO N° 02 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, el cual se encuentra en curso por delito más grave. Dejándose sin efecto el juicio fijado por este Tribunal para la fecha del Jueves 03-04-08, ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA.
Por todo los razonamientos expuestos este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ORDENA LA REMISIÓN DEL PRESENTE ASUNTO AL TRIBUNAL DE JUICIO N° 02 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, A LOS FINES DE SU ACUMULACIÓN AL ASUNTO EP01-P-2005-357; apareciendo en curso, como Acusado JUAN JOSE ANDUEZA ARGUELLO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.126.023, nacido el 24-03-82, Barinas, de 23 años de edad, hijo de Ana Isabel Arguello (V) y de Henry Andueza (V), residenciado en Barrio Independencia I, Calle Los Pinos, Casa N° 38, Barinas; existiendo fuero de atracción con respecto a los demás acusados que se encuentra como concausas, ciudadanos JUAN CARLOS BARRENA FUENTES, quien no porta cédula de identidad y dice ser venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 20.116.570, nacido el 17/10/83, Guarenas, de 21 años de edad, hijo de Carmen Fuentes (V) y de Jesús Pérez (V), residenciado en Barrio El Nacional, Sector El Tambor, al lado del Abasto Tres Estrellas, Casa Blanca, Los Teques Estado Miranda, JOSE MANUEL HERNANDEZ ALTUVE, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.371.941, nacido el 11-09-83, hijo de Carmen Altuve (V) y de Reinaldo Hernández (V), residenciado en el Barrio Independencia I, Calle Ataguarpal, Casa N° 10-26, Barinas Estado Barinas, KENI ALEXANDER NIETO CORDOVA, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 14.813.159, nacido el 23/01/77, Barinas, de 28 años de edad, hijo de Maria Córdova (V) y de Eladio Nieto (V), residenciado en Barrio las Colinas, Calle El Canal, Poste N° 15, Casa S/N, Barinas, ALBERTO JESUS SARMIENTO AZUAJE, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.550.986, nacido el 05/09/82, hijo de Meris Aguaje (V) y de Hilario Sarmiento (V), residenciado en el Barrio Dos de Diciembre, al Final de la Av. Páez, Casa S/N de Color Verde, Barrancas Estado Barinas, EDUARD LEE ALARCON, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.545.593, nacido el 04/12/78, hijo de Herminia Alarcon (V) y no conoce padre, residenciado en el Sector La Caramuca, por donde esta la Plaza, Calle Principal, Casa N° 330, cerca del Liceo Virginia Contreras, Barinas Estado Barinas, y WILLIAM RENE TORO SILVA, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.330.653, nacido el 10/10/81, Barinas, de 23 años de edad, no conoce madre y de William Ramón Toro (V), residenciado en Barrio José Gregorio Hernández, callejón Bolívar, Postal N° 14, Casa N° 14, Barinas, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 66, 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios correspondientes. Envíese el presente Asunto al Tribunal de Juicio N° 02.
En Barinas al Primer (01) día del mes de Abril de 2.008.
LA JUEZ DE JUICIO N° 03,
Abg. Fanisabel González M. LA SECRETARIA,
Abg. Yusbey Guerrero.