TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
DOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 01 de Abril de 2008.-
197 y 149
Visto el convenimiento de Obligación de Manutención, suscrito en fecha 14-02-2008, por ante la Fundación del Niño, Coordinación de Defensoría del Niño, Niña y Adolescente “Nueva Barinas”, en beneficio de la niña DIANA BELEN SCHAFER DELGADO de 04 años de edad, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA IMPARTIR SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, en los términos y condiciones establecidos por los progenitores del niño de autos, ciudadanos JAVIER SCHAFER y CARMEN DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-18.185.553 y V-16.634.163 en su orden, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas al Primer día del mes de Abril de Dos Mil Ocho. (L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abg. Reyna Molina de Varela. La Secretaria (fdo) Abg. Sandra Martínez Urriola. El anterior traslado es copia .fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas al primer día del mes de abril de dos mil ocho.-
La Secretaria
Abg. Sandra Martínez Urriola
Exp. N° S-9067-08
delfi.-
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