TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01


Barinas, 17 de Abril de 2008
197º y 149º


Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito en fecha 29-01-2008, por los ciudadanos YULIMAR DEL CARMEN SIMANCA VALERO y RUBEN DARÍO MEJIAS VENEGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-18.838.847 y V-17.203.361, en beneficio del niño y/o adolescente DIEGO ALEJANDRO MEJIAS SIMANCA. Suscrito por ante la Fundación del Niño del Municipio Barinas, Defensoría del Niño y del Adolescente “Cuidando Futuro”. Donde disponen el siguiente Régimen de Convivencia Familiar que cumplirá el padre de los niños antes mencionados: “Se acuerda cerrado comprendido los fines de semana de forma alterna desde el viernes al domingo, cuatro (04) horas diarias, así como en un futuro se irá modificando siempre y cuando no perturbe las horas de descanso y estudio”. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 17 días del mes de Abril de dos mil ocho. (L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abg. Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas a los 17 días del mes de Abril de dos mil ocho.-


La Secretaria,


Abg. Sandra Martínez

Exp. Nº S-9209-08
ninfa.-