TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 17 de Abril de 2008
197º y 149º


Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito en fecha 17-01-2008, por los ciudadanos GABRIEL RAMÓN VALERO RAMÍREZ y ZULAY CAROLINA YUSTI CASTRO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-14.933.069 y V-15.462.954, en beneficio de los niños y/o adolescentes Carlos Gabriel, Gabriela Carolina, Kevin Daniel, Angel Moisés y yuneida Waleska Valero Yusti. Suscrito por la Defensoría Educativa Barinas, Defensoría del Niño, Niña y Adolescente, Centro Comunitario de Protección y Desarrollo Estudiantil C.C.P.D.E. Barinas. Donde disponen el siguiente Régimen de Convivencia Familiar que cumplirá el padre de los niños antes mencionados: “El padre se compromete a visitar a sus hijos los Domingos y podrá trasladarlos fuera de su hogar previa autorización de la madre”. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 17 días del mes de Abril de dos mil ocho .- (L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez. el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas a los 17 días del mes de Abril de dos mil ocho.-

La Secretaria,


Abg. Sandra Martínez




Exp. Nº S-9226-08
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