TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 21 de Abril de 2008
198º y 149°
La presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento fue presentada por la ciudadana NELSY CONTRERAS MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-14.259.246, actuando en su condición de madre y representante de la adolescente ELIANNY YOSELIN, de 12 años de edad, asistida en este acto por la Abogada Gladys María Arias Obregón, Defensora Pública Segunda del Estado Barinas. Se persigue la Rectificación de Partida de Nacimiento de la adolescente ELIANNY YOSELIN, inscrita en los libros del Registro Civil de Nacimiento llevados por la Prefectura de la Parroquia Rodríguez Domínguez, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, y por el Registro Principal del Estado Barinas, bajo el Nº 219, inscrito en el año 1995, con el objeto que se corrija en dichas actas lo siguiente: La madre de la adolescente fue identificada en el acta llevada por la Prefectura como NELSY CONTRERAS ROMERO siendo lo correcto NELSY CONTRERAS MORENO. Asimismo en el acta llevada por el Registro, la madre de la adolescente fue identificada como NELSY CONTRERA ROMERO siendo lo correcto NELSY CONTRERAS MORENO.
EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:
Que se acompaña a la solicitud:
PRIMERO: Copia Fotostática de la Cédula de Identidad de la ciudadana NELSY CONTRERAS MORENO.
SEGUNDO: Copia de la partida de nacimiento de la adolescente ELIANNY YOSELIN, expedida por la Prefectura de la Parroquia Rodríguez Domínguez, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, y por el Registro Principal del Estado Barinas, a las cuales se les da valor auténtico por cuanto fueron expedidas por funcionarios competentes.
DECISIÓN:
Por los razonamientos antes expuestos, y con fundamento en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 501 del Código Civil vigente, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente acción de Rectificación de Partida de Nacimiento de la adolescente ELIANNY YOSELIN. En consecuencia estámpese la correspondiente nota marginal.
Publíquese, Regístrese y expídanse copias de ley. Se ordena la devolución de los originales presentados, previa certificación en autos de copia fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los Veintiún (21) días del mes de Abril de Dos Mil Ocho. (L.S.) La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, LO CERTIFICO en Barinas a los Veintiún (21) días del mes de Abril de Dos Mil Ocho.
La Secretaria,
Abg. Sandra Martínez
Exp. C-9854-08
RDV/deyci.-
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