TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 04 de Abril de 2008
197 y 149
Vista la diligencia suscrita en fecha Cinco de Marzo del presente año, por la ciudadana HEIDY CAROLINA TORRES, identificada en autos, parte demandante en la presente causa de Fijación de la Obligación de Manutención, en cual manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento realizado por el ciudadano CESAR ALBERTO PAREDES ARAQUE en fecha 05-03-2008. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley vista la aceptación del ofrecimiento presentado por el reclamado de autos ciudadano Cesar Alberto Paredes Araque, acuerda impartir la homologación al ofrecimiento presentado, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los Cuatro días del mes de Abril de Dos Mil Ocho.(L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abog. Reyna Molina de Varela. La Secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez Urriola. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas a los cuatro días del mes de abril de dos mil ocho.-
La Secretaria,
Abog. Sandra Martínez Urriola
Exp. Nº C-9646-08
delfi.
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