REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02 - SALA DE JUICIO
Barinas, 28 de Abril de 2008.-
196º y l47º
Vista la diligencia de esta misma fecha en la cual el ciudadano PERNIA PEREZ CARLOS IVAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.802.569 solicita se le haga entrega de la cantidad de dinero la cual esta en cheque de Gerencia del Banco del Sur que le corresponde ser mayor de edad y EN VIRTUD DE HABER SIDO DESIGNADA JUEZ TEMPORAL, POR LA COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA SEGÚN OFICIO N-CJ-08-0566 DE FECHA 02/04/2008, DE ESTA SALA DE JUICIO PARA CUBRIR LA VACANTE DE LA JUEZ TITULAR, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en consecuencia hechas las verificaciones sobre su mayoría de edad, se ordena: Oficiar al Gerente del Banco del Sur los fines de notificarle que el ciudadano PERNIA PEREZ CARLOS IVAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.802.569 es persona autorizada para cobrar por taquilla el cheque de Gerencia del Banco del Sur Nº 04006037, girado contra la cuenta Nº 0157-0079-38-2129910001, por la cantidad de CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON 78/100 CTMS. (Bs.F 4.747,78). Asimismo se ordena el cese del Procedimiento y el archivo del expediente. Librese Oficio. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la juez Unipersonal Nº 2 Abg. Mirta Briceño. (T) La Secretaria Leandra Armario. En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria Abg. Leandra Armario. Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abg. Leandra Armario, en mi carácter de Secretaria de la Sala de juicio del Tribunal de protección del Niño y/o Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio_______ del Expediente S-5069-04, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria.,
Abg. Leandra Armario.
Exp. Nº S-5069-04
MBB/José
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