REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BARINAS
CORTE DE APELACIONES
SALA UNICA


Barinas, 14 de Abril de 2008.
197° y 149°


ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2008-001221
ASUNTO : EP01-R-2008-000028


Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por los abogados GABRIEL DE JESÚS LINARES Y WILLIAM ENRIQUE CUEVAS RODRIGUEZ, en sus condiciones de defensores privados del imputado NELSÓN ENRIQUE RONDÓN, en el asunto N° EP01-P-2008-001221, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 10-03-08.


Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa privada del imputado de autos. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que los recurrentes fundamentan su recurso de conformidad con el artículo 447 Numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.


En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los abogados GABRIEL DE JESÚS LINARES Y WILLIAM ENRIQUE CUEVAS RODRIGUEZ, en sus condiciones de defensores privados del imputado NELSÓN ENRIQUE RONDÓN, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.



D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto por los abogados GABRIEL DE JESÚS LINARES Y WILLIAM ENRIQUE CUEVAS RODRIGUEZ, en sus condiciones de defensores privados del imputado NELSÓN ENRIQUE RONDÓN,, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 10-03-08.


De conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó fijar dentro de los CINCO (05) DÍAS SIGUIENTE, para dictar la correspondiente decisión.

Líbrense las correspondientes Boleta de Notificación.


DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI



PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES



ALEXIS PARADA PRIETO MARIA VIOLETA TORO



JUEZ DE APELACIONES. JUEZA DE APELACIONES
PONENTE.


JOHANA VIELMA


SECRETARIA

ASUNTO N° EP01-R-2008-000028.
TMI/MRA/MVT/JV/mm.