TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01


Barinas, 06 de Agosto de 2008
198° y 149°


De una revisión exhaustiva de las actas procesales, y por cuanto se evidencia que se incurrió en error material involuntario en Sentencia de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos NESTOR MIGUEL ÁVILA OLIVAR y MARIAM MELISSA PINTO MONSALVE, dictada en fecha 09-07-2008, y definitivamente firme en fecha 29-07-2008, se evidencia en la Dispositiva de la misma que se transcribió la identificación de los cónyuges como HENRY ENRIQUE MÁRQUEZ RODRÍGUEZ y LILIANA DEL CARMEN MARTÍNEZ LUNA, siendo lo correcto; NESTOR MIGUEL ÁVILA OLIVAR y MARIAM MELISSA PINTO MONSALVE. Esta Sala de Juicio a los fines de subsanar el error cometido ordena librar oficio al Registrador Principal del Estado Barinas y otro a la Prefectura de la Parroquia El Carmen Municipio Barinas Estado Barinas, informándoles lo ocurrido. Líbrense oficios. Diaricese y Cúmplase. (L.S) La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reina de Varela. La Secretaria (T)(fdo) Abg. María Esperanza Camejo. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 06 días del mes de Agosto de dos mil ocho.-

La Secretaria (T)
Abg. María Esperanza Camejo

Exp.N° C-8204-07
ninfa.-