PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, diez (10) de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º



Nº de expediente: GP02-L-2008-001842
Parte demandante: MAIVEN MANYLEN LANDAETA OROZCO, titular de la cedula de identidad N° 12.109.210
Abogado que asiste a la parte demandante: Abogada: MARGLORYN MARTINEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 102.463
Parte Demandada :


Apoderada Judicial de la parte Demandada D, LORENZ, C.A ( NO COMPARECIO)

Abogada: NO COMPARECIO)

Motivo: CALIFICACION DE DESPIDO
ACTA
En el día hábil de hoy diez (10) de diciembre de 2008, y siendo las 10:00 am, y siendo la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron la ciudadana MAIVEN MANYLEN LANDAETA OROZCO, titular de la cedula de identidad N° 12.109.210 y debidamente asistida por la abogado MARGLORYN MARTINEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 102.463, en este Acto el tribunal pasa a revisar el expediente y se percata que existe un vicio en el cartel de notificación ya que en el Cartel aparece D´LORENZ, C.A, SIENDO LO CORRECTO D´LORENZ 2003, C.A y es por lo que este Tribunal en aras del debido proceso y del derecho a la defensa, repone la causa al estado de librar nuevos carteles a la empresa D´LORENZ 2003, C.A, a los fines de que se practique la notificación. Librese los carteles.
LA JUEZ
LOS COMPARECIENTES,

LA SECRETARIA,