REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, Quince (15) de Enero del Año 2008
197 ° y 148 °

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: EP11-L-2007-000354

PARTE ACTORA: TERRY DE JESUS MONTILLA CORONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.144.454.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: HENRY ULISES ORELLANA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.882.444, inscrito en el I.P.S.A con el Nº 101.958, representación que consta en poder que fue otorgado por ante la Notaria Pública segunda de la Ciudad de Barinas, en fecha: Veintiocho (28) de Junio del año 2007, anotado bajo el Nº 41, Tomo: 101 de los libros respectivos

PARTE DEMANDADA: SERVICIOS INTEGRALES (SERVINTE), Representada por el Ciudadano: JOSE NELSON DUGARTE RODRIGEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.708.060.
APODERADOS DE LA EMPRESA DEMANDADA: Abogados: CESAR ALBERTO QUIROZ SEPULVEDA Y GERARDO UZCATEGUI TAZZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.244.233 y V-10.555.588 en su orden e inscritos en el inpreabogado bajo los números: 44.265 y 73.651 respectivamente. Representación que consta en Poder apud-Acta que riela al folio Veintidós (22) del presente expediente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy; Martes; Quince (15) de Enero del año 2008, siendo las Nueve (9:00) de la mañana, siendo la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal el Abogado: CESAR ALBERTO QUIROZ SEPULVEDA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.244.233, inscrito en el I.P.S.A con el Nº 44.265 , quien actúa en este acto con el carácter de Apoderado de la Empresa demandada, representación que consta en Poder Apud-Acta que riela inserto al folio Veintidós (22) del presente expediente; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de su Apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
La Jueza;

Abg. Carmen G. Martìnez



El Compareciente:


Apoderado de la parte Demandada:


Abg. Cesar Alberto Quiroz Sepúlveda




La Secretaria,


Abg.Maria Teresa Mosqueda.