REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y
DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 11 de enero de 2008
197º y 148º

Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, once de enero del año dos mil ocho (11-01-2008), han concluido las horas de Despacho para la presentación de los Informes y se observa que las partes hicieron uso de tal derecho, se deja constancia que a partir de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.


La Jueza Suplente Especial,

Rosa Elena Quintero Altuve.

La Secretaria,

Abg. Adriana Norviato Gil




Expediente Nº 07-2823-C.B.