REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE

Recibido hoy, catorce de enero del año dos mil ocho (14-01-2008), procedente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, constante de treinta y seis (36) folios útiles.
Désele cuenta a la Jueza.

La Secretaria,


Abg. Adriana Norviato Gil


JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS. Barinas, 14 de enero de 2008.

197º y l48º


Por recibidas las presentes copias fotostáticas certificadas, que contienen la Solicitud de Interdicción, interpuesta por la ciudadana: Francisca Rafaela Quintero Álvarez contra el ciudadano: Jesús Alberto Graterol Quintero. Por cuanto se trata de la consulta obligatoria prevista en el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil; Se ordena darle entrada y el curso legal correspondiente.
A partir del presente auto comenzará a computarse los lapsos y términos previstos en los artículos 517, 519 y 520 del Código de Procedimiento Civil, que se contarán por días en los cuales el Tribunal acuerde oír y despachar.

La Jueza Suplente Especial,


Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,


Abg. Adriana Norviato Gil


En la misma fecha 14-01-08, se le dio entrada quedando anotado bajo el Nº 08-2843-C.P. Conste.
La Scria.

REQA/ang/ss