REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 23 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-004471
ASUNTO : EJ01-X-2005-000080

AUTO DECLARANDO CERRADO EL PROCESO POR CUMPLIMIENTO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA

Visto el Informe Final presentado por el Lic. José Noel Contreras, Jefe de la UTASP Nº 05, con sede en esta ciudad de Barinas, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado CONSOLACIÒN MORA DE RAMIREZ, en el mismo se evidencia que le fue acordada en fecha 09/11/2005 la Medida Alternativa al Cumplimiento de Pena denominada Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena por el lapso de DOS (02) AÑO; recibiéndose Informe Final de Conducta, el 19/12/2007, procedente del Jefe de la UTASP Nº 05, con sede en esta ciudad de Barinas; del penado CONSOLACIÒN MORA DE RAMIREZ, colombiana, titular de la cedula de identidad N° 81.843.217; quien disfrutaba de la Medida Alternativa al Cumplimiento de Pena denominada Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y finalizó su régimen de prueba y al efecto señala: “Cumplió satisfactoriamente con su régimen de prueba, denotó siempr4e vivo interés en llegar a feliz termino con sus presentaciones, es respetuosa, autónoma, buen temperamento, manifiesta deseos de superación, cuenta con efectivo apoyo familiar, reflexionó sobre su conducta transgresora, expresando arrepentimiento y temor ante la experiencia vivida”.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 23 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-004471
ASUNTO : EJ01-X-2005-000080

AUTO DECLARANDO CERRADO EL PROCESO POR CUMPLIMIENTO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA

Visto el Informe Final presentado por el Lic. José Noel Contreras, Jefe de la UTASP Nº 05, con sede en esta ciudad de Barinas, donde consta el cumplimiento total de las presentaciones impuestas al penado CONSOLACIÒN MORA DE RAMIREZ, en el mismo se evidencia que le fue acordada en fecha 09/11/2005 la Medida Alternativa al Cumplimiento de Pena denominada Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena por el lapso de DOS (02) AÑO; recibiéndose Informe Final de Conducta, el 19/12/2007, procedente del Jefe de la UTASP Nº 05, con sede en esta ciudad de Barinas; del penado CONSOLACIÒN MORA DE RAMIREZ, colombiana, titular de la cedula de identidad N° 81.843.217; quien disfrutaba de la Medida Alternativa al Cumplimiento de Pena denominada Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y finalizó su régimen de prueba y al efecto señala: “Cumplió satisfactoriamente con su régimen de prueba, denotó siempr4e vivo interés en llegar a feliz termino con sus presentaciones, es respetuosa, autónoma, buen temperamento, manifiesta deseos de superación, cuenta con efectivo apoyo familiar, reflexionó sobre su conducta transgresora, expresando arrepentimiento y temor ante la experiencia vivida”.
DISPOSITIVA

En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley confiere, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° y 497 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal y el Art. 105 del Código Penal Vigente y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano: CONSOLACIÒN MORA DE RAMIREZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 81.843.217; por haber finalizado el régimen de prueba y su pena en fecha 29/11/2007.

Notifíquese a las partes, remítase copia certificada de la decisión al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia y al Jefe de la UTASP Nº 05 con sede en esta ciudad de Barinas Estado Barinas.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Barinas, a los veintitrés (23) días del Mes de Enero de Dos Mil Ocho.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02
LA SECRETARIA
ABG. MIGUEL ANGEL VIDAL PINZON
ABG. TIBISAY GUEVARA