TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 21de Enero de 2008 .-
197 y 149
Vista la diligencia suscrita en fecha 18 de Septiembre de Dos Mil siete, por el ciudadano ALVARO ANTONIO VILLAMIZAR, identificado enjutos, asistido por la Abog. María Amparo Gómez, Defensora Pública Tercera con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente, en la cual desiste formalmente de la solicitud de Responsabilidad de Crianza presenta por ante este Tribunal. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda impartir su homologación al desistimiento presentado, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los Veintiún días del mes de Enero de Dos Mil Ocho. (L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01(fdo) Abog. Reyna Molina de Varela. La Secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez Urriola. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas a los veintiún dias del mes de enero de dos mil ocho.-
La Secretaria,
Abog. Sandra Martínez Urriola
Exp. Nº C-8830-07
delfi.-
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